martes, 20 de septiembre de 2011

LOS ENREDOS DE UN GOBIERNO PANISTA

El programa del día de hoy martes 20 de septiembre de 2011, tratara como tema la Institución “Secretaria de Gobernación”, en el marco de los recientes acuerdos firmados a efecto de levantar el campamento del SME en el Zócalo de la ciudad de México. Lo anterior en vispera de los festejos comemorarivos del inicio de la Independencia de nuestro país.

Pero más que otra cosa la grave situacion general de la nacion, es el estrepitoso fracaso de Felipe Calderón Hinojosa, en su demencial idea de acabar con el Sindicato Mexicano de Electricistas, quien en su intento no le importo emitir el inconstitucional decreto de extinción de Luz y Fuerza del Centro, del 10 de octubre  de 2009, avanzar en la privatización del sector energético en la rama eléctrica, cumpliendo así los deseos de los directivos de empresas transnacionales de origen ibérico particularmente los de IBERDROLA y UNION FENOSA quienes le “solicitaron”, remover el estorbo para que pudiesen aumentar el grado de inversiones en el sector y además  entregar nuestra materia de trabajo a un grupo de contratistas, que ya se ha documentado no son otra cosa que un atajo de hampones de filiación panista todos ellos cuates de FECAL, los gobernadores de los estados particularmente de Guanajuato, Sonora y Morelos, quienes principalmente son beneficiados con jugosos contratos, por no hacer más que una destrucción sistemática de las redes eléctricas encomendadas aún, por la Ley del Servicio Público de energía Eléctrica, articulo 4º transitorio a Luz y fuerza del Centro así mismo el avance en las instalaciones complementarias para poder poner en marcha el uso de la Fibra Óptica de LFC.
El fracaso de Calderón y su secretario porro de Trabajo, quien después de ver que no tenia ni la mas rudimentaria oportunidad, para ser el “candidato” del panismo a la presidencia de la república, ahora intenta ser candidato a una curul en la Cámara de Senadores, claro esta que si es llevado a una posición en el Senado no será por la votación directa ya que será repudiado por los contingentes del SME y otras organizaciones sindicales de la zona así como por la ciudadanía, que conoce muy bien todas sus felonías.
¿Por que abrevar en el conocimiento de dicha secretaria?, como parte de la línea editorial de nuestro programa, esta el deambular por las instituciones de este país, en el que por breves espacios de tiempo se ha transitado en un ambiente de respeto a la legalidad y al estado de derecho, y vale la pena recorrer su historia para intentar despejar que es la secretaria de gobernación, en tiempos de ausencia del estado de derecho (por ello las minúsculas, en el lugar en donde deberían ir mayúsculas).
LOS ESPACIOS A CONTRASTAR
En el marco de las atribuciones la Secretaría de Gobernación, indica que es la dependencia del Ejecutivo Federal responsable de atender el desarrollo político del país, si se entiende “como la entidad en donde se deben firmar acuerdos” como los que llevo adelante Fernando Gómez Mont, con Beatriz Paredes y el diputado Paty...Nava, como dirigente del PAN, para comprometerse a que no habría alianzas electorales en el Estado de México entre el PAN y el PRD. Pues bonito desarrollo político del “trastupije” y el retorcimiento de la política y las leyes relativas a las elecciones en nuestro país. Así mismo si se trata de coadyuvar en la conducción de las relaciones del Poder Ejecutivo Federal con los otros poderes de la Unión y de los demás niveles de gobierno, para permitir que un puñado de “empresarios mafiosos” coludidos con la delincuencia organizada de la clase política del país, para que en un todo Políticos, Empresarios y Funcionarios Públicos, ya sean electos por el voto popular o bien designados por el ejecutivo federal, gobernadores o presidentes municipales, hayan hecho de México un país de pobres, un territorio en donde la muerte mediante el asesinato y la desaparición forzada de miles de compatriotas es el pan nuestro de cada  día, pues es claro que dicha secretaria no cumple con lo que dice estar comprometida a llevar adelante. Con el sello anterior  resultara imposible fomentar la convivencia armónica, la paz social,  el desarrollo y el bienestar de los mexicanos en un Estado de Derecho.
CUALES SON LAS ATRIBUCIONES DE ESTE ENTE 
Gobernación como parte de la Administración Pública Federal, tiene como obligaciones derivadas de su Reglamento lo estipulado lo siguiente en su en su:
ARTÍCULO 3o.- La Secretaría de Gobernación, a través de sus servidores públicos, unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados, planeará y conducirá sus actividades conforme a la visión, misión, principios, objetivos, estrategias y compromisos establecidos en el marco del sistema nacional de planeación democrática y participativa y a las políticas y programas que determine el Presidente de la República.
MISIÓN
Contribuir  a la gobernabilidad democrática y el desarrollo político de México a través de una buena relación  del Gobierno Federal con los  Poderes de la Unión y los demás niveles de gobierno para garantizar la seguridad nacional, la convivencia armónica y el bienestar de los mexicanos en un Estado de Derecho.
VISIÓN
Ser el motor principal para que México tenga una sociedad abierta, libre, plural, informada y crítica, con una sólida cultura democrática y una amplia participación ciudadana; reconociendo que el Estado de Derecho es la única vía que permite a los mexicanos vivir en armonía.

Que a su vez deberán estar alineados a lo que se estipula en LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL en su:
Artículo 27.- A la Secretaría de Gobernación corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. Presentar ante el Congreso de la Unión las iniciativas de ley o decreto del Ejecutivo;
II. Publicar las leyes y decretos del Congreso de la Unión, alguna de las dos Cámaras o la Comisión Permanente y los
reglamentos que expida el Presidente de la República, en términos de lo dispuesto en la fracción primera del artículo
89 constitucional, así como las resoluciones y disposiciones que por ley deban publicarse en el Diario Oficial de la Federación;
III. Administrar y publicar el Diario Oficial de la Federación;
IV. Formular y conducir la política de población, salvo lo relativo a colonización, asentamientos humanos y turismo;
V. Manejar el servicio nacional de identificación personal;
VI. Tramitar lo relativo a la aplicación del artículo 33 de la Constitución;
VII. Tramitar lo relativo al ejercicio de las facultades que otorgan al Ejecutivo Federal los artículos 96, 98 y 100 de la Constitución, sobre nombramientos, renuncias y licencias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia y de los Consejeros de la Judicatura Federal;
VIII. Tramitar lo relacionado con los nombramientos, remociones, renuncias y licencias de los Secretarios de Estado, Jefes de Departamento Administrativo del Ejecutivo Federal y del Procurador General de la República;
IX. Intervenir en los nombramientos, aprobaciones, designaciones, destituciones, renuncias y jubilaciones de servidores públicos que no se atribuyan expresamente por la ley a otras dependencias del Ejecutivo;
X. Llevar el registro de autógrafos de los funcionarios federales y de los Gobernadores de los Estados y legalizar las firmas de los mismos;
XI. Administrar las islas de jurisdicción federal, salvo aquellas cuya administración corresponda, por disposición de la ley, a otra dependencia o entidad de la administración pública federal;
En las islas a que se refiere el párrafo anterior, regirán las leyes federales y los tratados; serán competentes para conocer de las controversias que en ellas se susciten los tribunales federales con mayor cercanía geográfica;
XII. Conducir la política interior que competa al Ejecutivo y no se atribuya expresamente a otra dependencia;
XIII. Vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a las garantías individuales y dictar las medidas administrativas necesarias para tal efecto;
XIV. Conducir, siempre que no esté conferida esta facultad a otra Secretaría, las relaciones del Poder Ejecutivo con los demás Poderes de la Unión, con los órganos constitucionales autónomos, con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y con las demás autoridades federales y locales, así como rendir las informaciones oficiales del Ejecutivo Federal;
XV. Conducir las relaciones del gobierno federal con el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje de los Trabajadores al Servicio del Estado;
 XVI. Conducir, en el ámbito de su competencia, las relaciones políticas del Poder Ejecutivo con los partidos y agrupaciones políticos nacionales, con las organizaciones sociales, con las asociaciones religiosas y demás instituciones sociales;
XVII. Fomentar el desarrollo político, contribuir al fortalecimiento de las instituciones democráticas; promover la activa participación ciudadana y favorecer las condiciones que permitan la construcción de acuerdos políticos y consensos sociales para que, en los términos de la Constitución y de las leyes, se mantengan las condiciones de gobernabilidad democrática;
XVIII. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia de culto público, iglesias, agrupaciones y asociaciones religiosas;
XIX. Administrar el Archivo General de la Nación, así como vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de información de interés público;
XX. Ejercitar el derecho de expropiación por causa de utilidad pública en aquellos casos no encomendados a otra dependencia;
XXI. Vigilar que las publicaciones impresas y las transmisiones de radio y televisión, así como las películas  cinematográficas, se mantengan dentro de los límites del respeto a la vida privada, a la paz y moral pública y a la dignidad personal, y no ataquen los derechos de terceros, ni provoquen la comisión de algún delito o perturben el orden público;



Se podría desprender que del articulo XXI de la Ley de la Administración Pública federal, la secretaria de gobernación, tiene como una de sus facultades el vigilar las transmisiones de radio y televisión, dentro de los parámetros establecidos en primera instancia en términos de la Ley en la Materia, pero que sucede hoy como nunca los medios tienen mayor autoridad, que la propia dependencia sobre ellos.

Baste ver y escuchar la libertad que tiene la prensa oficial para cubrir un problema verdaderamente de seguridad nacional. Calderón es dipsómano ¡SI o NO! , que responda. Pero el y no la jauría de chayoteros.
XXII. Regular, autorizar y vigilar el juego, las apuestas, las loterías y rifas, en los términos de las leyes relativas;
XXIII. Compilar y ordenar las normas que impongan modalidades a la propiedad privada, dictadas por el interés público;
XXIV. Conducir y poner en ejecución, en coordinación con las autoridades de los gobiernos de los estados, del Distrito Federal, con los gobiernos municipales, y con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, las políticas y programas de protección civil del Ejecutivo, en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil, para la prevención, auxilio, recuperación y apoyo a la población en situaciones de desastre y concertar con instituciones y organismos de los sectores privado y social, las acciones conducentes al mismo objetivo;
XXV. Formular, normar, coordinar y vigilar las políticas de apoyo a la participación de la mujer en los diversos ámbitos del desarrollo, así como propiciar la coordinación interinstitucional para la realización de programas específicos;
XXVI. Fijar el calendario oficial;
XXVII. Formular, regular y conducir la política de comunicación social del Gobierno Federal y las relaciones con los medios masivos de información.


TERCER GRADO DENOSTO A CARMEN ARISTEGUI




XXVIII. Orientar, autorizar, coordinar, supervisar y evaluar los programas de comunicación social de las dependencias del Sector Público Federal;
XXIX. Establecer y operar un sistema de investigación e información, que contribuya a preservar la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano;
XXX. Contribuir en lo que corresponda al Ejecutivo de la Unión, a dar sustento a la unidad nacional, a preservar la cohesión social y a fortalecer las instituciones de gobierno;

PRIMERA PARTE 
SEGUNDA PARTE
XXXI. Compilar y sistematizar las leyes, tratados internacionales, reglamentos, decretos, acuerdos y disposiciones federales, estatales y municipales, así como establecer el banco de datos correspondiente, con objeto de proporcionar información a través de los sistemas electrónicos de datos; y
XXXII. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.  
VER ENLACE SOBRE :



TEMAS MUSICALES 




CIELITO LINDO 
CON MONTSERRAT FIGUERAS





GRUPO TRADICIONAL
MUSICA JAROCHA


TROMPICAVALAS 
CON MONTSERRAT FIGUERAS






ZAPATEADO




LA BAMBA 
TRADICIONAL


TEMBEMBE ENSAMBLE 






Jácaras El Pajarillo Viejo
Gaspar Sanz 
Venezuela Colombia 
Aire LLanero




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